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Convocatoria de Auxilio tiquetes aéreos Estudiantes de pregrado para movilidad académica internacional

Convocatoria de Auxilio tiquetes aéreos Estudiantes de pregrado para movilidad académica internacional

Fecha de inicio

Fecha de cierre

Fecha de publicación de resultados

Resolución N° 045 Mayo 14 de 2026

Por la cual se regulan las condiciones y se asignan plazas con auxilio de tiquetes aéreos para la movilidad académica internacional de estudiantes de pregrado de la Universidad de Manizales.
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE MANIZALES, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y;

CONSIDERANDO

  • Que la Universidad de Manizales, en su propósito de fomentar la internacionalización de la educación superior, ha suscrito convenios de cooperación con diversas instituciones de educación superior a nivel global y participa activamente en redes de internacionalización.
  • Que, en el marco de dichos acuerdos, es fundamental ofrecer a los estudiantes de pregrado la oportunidad de realizar un intercambio académico, práctica empresarial y rotación médica en universidades internacionales, fortaleciendo así su formación integral, sus competencias globales y su desarrollo profesional.
  • Que, en virtud de lo anterior, es necesario formalizar la convocatoria, los requisitos,el proceso de selección y los compromisos tanto de la Universidad como de los estudiantes beneficiarios.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. OBJETO. 

Reglamentar la asignación de plazas de auxilio de tiquete aéreo para el intercambio internacional de: semestre académico, práctica empresarial y/o rotación médica de estudiantes de pregrado de la Universidad de Manizales, a realizarse durante los semestres 2026-2, 2027-1 y 2027-2.


ARTÍCULO SEGUNDO. REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN.

Podrán postularse a la presente convocatoria los estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estar matriculado como estudiante regular en la Universidad de Manizales.
  • Contar con un promedio académico total acumulado igual o superior a 3,8 para todos los programas de pregrado excepto medicina, quienes deberán demostrar un promedio académico total acumulado igual o superior a 4,0.
  • Haber aprobado, como mínimo, el 40% de las asignaturas de su plan de estudios.
  • No haber sido objeto de sanción académica o disciplinaria por parte de la Universidad de Manizales.

 

Parágrafo primero. Los estudiantes de los programas de pregrado presenciales o virtuales de la Universidad de Manizales que deseen aplicar a la convocatoria de auxilio de tiquetes aéreos de 2026-2 de movilidad de semestre académico internacional, rotación médica internacional y/o práctica empresarial internacional deben contar con la carta de admisión o convenio específico de práctica.


Parágrafo segundo. Los estudiantes que aplican a movilidades en 2027-1 y 2027-2 no requieren carta de admisión para postularse a la convocatoria. Pero solo serán beneficiarios del auxilio económico una vez cuenten con la admisión de la universidad de destino o convenio específico de práctica.


ARTÍCULO TERCERO. DURACIONES DE LA MOVILIDAD. 

La duración de las movilidades serán las siguientes:

  • Rotaciones médicas internacionales: mínimo 1 mes, máximo 6 meses.
  • Semestre académico de intercambio internacional: mínimo 4 meses, máximo 6 meses.
  • Práctica empresarial: mínimo 4 meses, máximo 6 meses.


Parágrafo primero: Las movilidades que excedan los tiempos máximos o no cumplan con la duración mínima establecida en el presente artículo no serán objeto de financiamiento.


ARTÍCULO CUARTO. PROCESO DE POSTULACIÓN PARA MOVILIDADES 2026-2.

El proceso de selección se regirá por el siguiente procedimiento:


1. Postulación: Los estudiantes interesados deberán recopilar y cargar su la documentación a través de AGIS o el sistema que establezca la oficina de relaciones internacionales para tal fin. Los documentos requeridos son:

  • Formato de Movilidad Saliente UManizales, que deberá incluir la firma del Director del Programa.
  • Certificado de notas expedido por la Oficina de Registro Académico.
  • Copia del pasaporte, con vigencia mínima de un (1) año a partir del inicio esperado de la movilidad.
  • Carta de compromiso de apoyo económico, firmada por el/los acudientes(s) del estudiante.
  • Carta de admisión por parte de la universidad de destino.


2. Aprobación o rechazo: La oficina de relaciones interinstitucionales e internacionales de la Universidad de Manizales valorará las postulaciones de acuerdo con los criterios de selección y notificará a los estudiantes los resultados de la postulación mediante AGIS o correo electrónico.

3. Radicación de documentos para reembolso: el estudiante deberá cargar los documentos descritos en los numerales 4 y 5 del artículo décimo.


4. Reembolso: la Universidad de Manizales reembolsará a la cuenta de ahorros delestudiante el auxilio económico de tiquete aéreo hasta por $4.000.000 COP.


ARTÍCULO QUINTO. PROCESO DE POSTULACIÓN PARA MOVILIDADES 2027-1 Y 2027-2.

El proceso de selección se regirá por el siguiente procedimiento:


1. Postulación: Los estudiantes interesados deberán recopilar y cargar su la documentación a través de AGIS o el sistema que establezca la oficina de relaciones internacionales para tal fin. Los documentos requeridos son:

  • Formato de Movilidad Saliente UManizales, que deberá incluir la firma del Director del Programa.
  • Certificado de notas expedido por la Oficina de Registro Académico.
  • Carta de motivación, expresando los objetivos a alcanzar en el marco de la movilidad hacia la Universidad de destino (máximo 2 páginas).
  • Copia del pasaporte, con vigencia mínima de un (1) año a partir del inicio esperado de la movilidad. En caso de no contar con él, el estudiante podrá adjuntar una copia de su cédula de ciudadanía, más el pantallazo de confirmación de cita para expedición de pasaporte en la Gobernación local.
  • Carta de compromiso de apoyo económico, firmada por el/los acudiente(s) del estudiante.


2. Aprobación o rechazo: La oficina de relaciones interinstitucionales e internacionales de la Universidad de Manizales valorará las postulaciones de acuerdo con los criterios de selección y notificará a los estudiantes los resultados de la postulación mediante AGIS o correo electrónico.

3. Postulación ante la universidad de destino: La oficina de relaciones interinstitucionales e internacionales de la Universidad de Manizales realizará la postulación ante la universidad de destino.

4. Admisión o rechazo de la universidad de destino: la universidad de destino emitirá el concepto de admisión o rechazo de la postulación del estudiante. En caso de ser admitido, procederá el siguiente paso.

5. Radicación de documentos para reembolso: el estudiante deberá cargar los documentos descritos en losl numerales 4 y 5 del artículo décimo.

6. Reembolso: la Universidad de Manizales reembolsará a la cuenta de ahorros del estudiante el auxilio económico de tiquete aéreo hasta por $4.000.000 COP.

 

Parágrafo primero. Durante la fase de postulación ante la universidad de destino, el estudiante deberá aportar la documentación adicional requerida para tal fin, como formatos, certificaciones, vacunas, etc.

 

ARTÍCULO SEXTO. CRITERIOS DE SELECCIÓN.

Todas las postulaciones serán valoradas con un máximo de 20 puntos de acuerdo con la siguiente escala:


1. Promedio académico acumulado de la carrera: hasta 10 puntos (El estudiante con el mayor promedio recibirá 10 puntos, el siguiente con mayor puntaje obtendrá 9 puntos y así sucesivamente).

2. Participación en semilleros y grupos de investigación: 5 puntos si está vinculado, 1 punto si no lo está.

3. Participación en grupos culturales y/o deportivos, monitorías, representantes estudiantiles o programa embajadores globales: 5 puntos si está vinculado, 1 punto si no lo está.


Parágrafo primero. En el escenario de presentarse un empate entre los estudiantes postulados, el criterio a considerarse será el del estudiante con mayor promedio académico acumulado de la carrera, si el empate persiste se tomará el estudiante que haya radicado los documentos primero.


ARTÍCULO SÉPTIMO. PLAZAS.

Se otorgarán los siguientes auxilios:

  • Para el semestre 2026-2: Se otorgarán seis (6) auxilios por concepto de tiquetería aérea, trayectos de ida y regreso.
  • Para el semestre 2027-1: Se otorgarán ocho (8) auxilios por concepto de tiquetería aérea, trayectos de ida y regreso.
  • Para el semestre 2027-2: Se otorgarán ocho (8) auxilios por concepto de tiquetería aérea, trayectos ida y regreso.


ARTÍCULO OCTAVO. CRONOGRAMA.
 

Actividad Movilidades 2026-2 Movilidades 2027-1 Movilidades 2027-2
Apertura de
convocatoria:
15 de mayo de 2026 1 de julio de 2026 1 de febrero 2027
Fecha límite para el envío de documentos: 30 de junio de 2026 30 de septiembre de 2026 31 de marzo de 2027
Comunicación de estudiantes seleccionados por la UManizales: 15 de julio de 2026 15 de octubre de 2026 15 de abril de 2027

Parágrafo primero: La admisión final dependerá del criterio de la universidad de destino y bajo sus propios cronogramas.


ARTÍCULO NOVENO. COMPROMISOS INSTITUCIONALES. 

La Universidad de Manizales, a través de la Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales, se compromete a:

  • Otorgar un auxilio económico para el tiquete aéreo internacional, trayecto ida y regreso, a cada uno de los estudiantes seleccionados en el marco de esta resolución. Cada auxilio tendrá un valor de hasta CUATRO MILLONES DE PESOS ($4.000.000 MCTE), los cuales serán desembolsados a una cuenta bancaria a nombre del estudiante, previa admisión del estudiante a la Universidad de destino y presentación de los documentos solicitados en el Artículo Décimo.
  • Asesorar y acompañar al estudiante en los trámites de visado, en caso de ser necesario.
  • Postular a los estudiantes seleccionados ante las universidades de destino para las movilidades de 2027-1 y 2027-2.
  • Realizar los reportes administrativos necesarios ante las direcciones de Admisiones y Registro Académico y Financiera.


ARTÍCULO DÉCIMO. COMPROMISOS DEL ESTUDIANTE. 

Los estudiantes seleccionados asumen los siguientes compromisos:


1. Matricularse en la Universidad de Manizales durante su periodo de movilidad académica, manteniendo la calidad de estudiante.

2. Asumir los costos de alimentación, alojamiento y demás gastos personales durante su periodo de movilidad.

3. Adquirir un seguro médico internacional con cobertura mínima de US$50.000, con derecho a repatriación, y con vigencia por el tiempo de su estadía.

4. Asumir el costo del visado, si la universidad de destino lo requiere.

5. Proporcionar la documentación necesaria para el desembolso del auxilio económico, la cual deberá cargar en agis o según indicaciones de la oficina de relaciones interinstitucionales e internacionales. Los documentos son:

  • Copia de cédula de ciudadanía
  • RUT actualizado
  • Certificación de cuenta bancaria
  • Comprobante de compra de tiquete aéreo
  • Copia del seguro médico internacional
  • Carta de admisión de la universidad de destino


6. A su regreso, entregar el certificado de notas de la universidad de destino.

Parágrafo primero: el auxilio económico solamente será reembolsado al estudiante una vez radique la documentación dispuesta en el numeral 4 del presente artículo.

Parágrafo segundo: Se aplicará la retención de ley que aplique al momento de realizar el reembolso al estudiante.


ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. HOMOLOGACIÓN. 

Las asignaturas cursadas por el estudiante en la universidad de destino serán homologadas en el plan de estudios del estudiante, previa aprobación del Director del Programa Curricular y de acuerdo con el formato de movilidad saliente.


ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y sus efectos se extienden a los periodos académicos 2027-1 y 2027-2.


COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Manizales, a los catorce (14) días del mes de mayo de 2026

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